Me disculpo por mi falta de conocimiento del idioma portugués, me ha costado seguir esta ponencia, pero por lo que pude entender versa sobre la automaticidad de algunas demandas judiciales en el brasil y de mediaciones ¿?
Hola Victoria. Yo entendí q relataba la experiencia positiva del uso de IA en Brasil a nivel judicial. Que el uso de tecnologías ha ido creciendo luego de pandemia y que ha permitido un mayor acceso a justicia al permitir incluso asistir a audiencias mediante videollamadas de wsp. Refirió tb a qué en algunos tipos de demandas reiterativas, como las de derecho de consumo, es sí más factible automatizar las mediante plataformas de IA y ello permite descomprimir causas. Creo dijo que incluso los acuerdos alcanzados en esa instancia extrajudicial y previa, en caso de incumplimiento pueden tb habilitar la instancia judicial si se incumplen. Y al final creo que refirió a que en los procesos 100% automatizados, la llamada «cuarta parte» de la mediación es el humano que controla y valida todo lo actuado pero en los otros procesos, dónde se usa la tecnología como auxiliar, en apoyo a la tarea del mediador humano, allí la cuarta parte participante de la mediación pasa a ser en ese sentido la propia tecnología.
Gracias Ana por compartirnos la experiencia vecina.
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Me disculpo por mi falta de conocimiento del idioma portugués, me ha costado seguir esta ponencia, pero por lo que pude entender versa sobre la automaticidad de algunas demandas judiciales en el brasil y de mediaciones ¿?
Hola Victoria. Yo entendí q relataba la experiencia positiva del uso de IA en Brasil a nivel judicial. Que el uso de tecnologías ha ido creciendo luego de pandemia y que ha permitido un mayor acceso a justicia al permitir incluso asistir a audiencias mediante videollamadas de wsp. Refirió tb a qué en algunos tipos de demandas reiterativas, como las de derecho de consumo, es sí más factible automatizar las mediante plataformas de IA y ello permite descomprimir causas. Creo dijo que incluso los acuerdos alcanzados en esa instancia extrajudicial y previa, en caso de incumplimiento pueden tb habilitar la instancia judicial si se incumplen. Y al final creo que refirió a que en los procesos 100% automatizados, la llamada «cuarta parte» de la mediación es el humano que controla y valida todo lo actuado pero en los otros procesos, dónde se usa la tecnología como auxiliar, en apoyo a la tarea del mediador humano, allí la cuarta parte participante de la mediación pasa a ser en ese sentido la propia tecnología.
Gracias Ana por compartirnos la experiencia vecina.