Servicio de Mediación Familiar en Neuquén

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Alicia González Vitale

ARGENTINA

Directora del Servicio de Mediación Familiar del Poder Judicial de Neuquén-Argentina.

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MARIA ENRIQUETA GARCIA RIVA
MARIA ENRIQUETA GARCIA RIVA
10 months ago

Muy interesante como trabaja la mediación en Neuquén, teniendo en consideración que se encuentra dentro del PJ. Me gustaría consultarte Alicia si la Etapa de Pre Mediación es sólo una invitación sólo por la respuesta de sí o no y desde ya la voluntariedad de transitar el proceso, o supone encuentros con ambas partes que pueden incluir la explicación y adelante de las pretensiones manteniendo, desde ya la confidencialidad

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago

Enriqueta, la voluntariedad la recabamos en una pre-mediación de manera similar al sistema pre judicial. Lo que nos diferencia, en el judicial suelen estar posicionados en sus pretensiones de demanda y contestación.
Siempre, es un gran desafío pero seguro encontramos intereses diferentes a los jurídicos y sobre eso en familia hay un mundo por explorar. Slds.

Maria Ines Amato
Maria Ines Amato
10 months ago

Muy interesante, felicitaciones .Es un desafio , encontrar los intereses y necesidades de las partes, la gestualidad y la escucha activa nos permitirán encontrar la verdadera historia construida por las partes y llegar a un acuerdo exitoso.

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Maria Ines Amato

Buenas tardes.
Totalmente de acuerdo aunque en las mediaciones presenciales física (no virtual) también es nuestra labor.
Saludos y gracias por su comentario

Rodolfo Alejandro Bort
Rodolfo Alejandro Bort
10 months ago

felicitaciones Alicia González Vitale y gracias por transmitir los conocimientos y la forma de trabajo en su provincia, y gracias por los gráficos, Neuquén una Provincia Mediadora.

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago

Muchas gracias por tu tiempo

Silvina Caisson
10 months ago

Siempre interesante saber cómo son las diferencias en la puesta en práctica de la mediación
Gracias por los gráficos para mejor comprensión del proceso

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Silvina Caisson

Un placer querida Silvina.

paula gallo
10 months ago

Muy interesante el servicio de mediación que se presta en Neuquén!

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  paula gallo

Gracias!
Espero haya sido de interés.

Paola Andrea Barros
10 months ago

Gracias Dra. González Vitale, muy clara en su explicación y celebro que todo el proceso lo hayan digitalizado en cuanto al ahorro de papel y la celeridad en la que deriva el uso de la tecnología.
Saludos cordiales

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Paola Andrea Barros

Gracias!

Bárbara Zermeño
10 months ago

Muy interesante la explicación
El que tengan ya 15 años con la mediación vitual es un gran avance
Muchas felicidades

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Bárbara Zermeño

Coincido totalmente!! Saludos!

Lorena Verónica Montiel
10 months ago

Gracias muy clara y precisa. Saludo cordial.

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago

Muchas gracias!

Zulma B. Mengual
Zulma B. Mengual
10 months ago

Gracias. Por compartir como se instrumenta en Neuquen. Gracias

Isabel Norma Villarreal
10 months ago

Muchas gracias por socializar el proceso de mediación familiar totalmente digitalizado en el provincia de Neuquén, excelente trabajo dentro del Poder Judicial

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago

Muchas gracias por tu comentario. Es un placer compartir las experiencias y nutrirnos entre todos/as. Saludos cordiales!

Alejandra Retes Arredondo
Alejandra Retes Arredondo
10 months ago

Muchas gracias por su exposición, nosotros en San Luis Potosí tenemos un Centro de Mediación privada, tenemos poco mediadores aún, pero algunos de nosotros nosotros nos estamos especializando en Mediación familiar.
Muy interesante los esquemas que presenta para poder implementarlos en nuestro pequeño centro. Gracias

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago

Estimada, celebro le haya interesado y los felicito por el centro privado.
Me pongo a disposición para colaborarle en lo que consideren necesario.
Mi teléfono 2994274031( enviar msj de WhatsApp)

Graciela Esposito
Graciela Esposito
10 months ago

Muy interesante. No conocía como funcionaba la mediación familiar en Neuquén. Gracias!

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Graciela Esposito

Gracias!
Abrazos

JANETTE
JANETTE
10 months ago

MUY INTERESANTE LA MANERA COMO SE REALIZA LA MEDIACIÓN EN NEUQUEN Y LO MAS IMPORTANTE DE FORMA ARTICULADA CON EL PODER JUDICIAL PARA QUE LOS CIUDADANOS MANIFIESTEN SU VOLUNTAD DE REALIZAR LA MEDIACIÓN SI ASI LO DESEAN.
ME PODRÍA DECIR DESDE SU EXPERIENCIA COMO MEDIADORA FAMILIAR QUE PAUTAS DEBEMOS TENER PRESENTE EN EL MANEJO DE LA AUDIENCIA VIRTUAL EN EL ÁMBITO FAMILIAR DONDE SON MUCHAS EMOCIONES QUE SE MANIFIESTAN . MUCHAS GRACIAS POR LA RESPUESTAS Y FELICITACIONES POR LA LABOR QUE REALIZA

Última edición el 10 months ago por JANETTE
Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  JANETTE

Buenas tardes estimada!
Muchas gracias!
En primer lugar, además de estar formadas/os en mediación familiar es necesario tener una formación en la mediación virtual, online o remota como me gusta llamarla.
Un paso que puede marcar la diferencia es formarse en la temática con ODR por la trayectoria de años y prestigio que tienen.
Las emociones siempre están presentes en una mediación familiar sobre todo, hay que tener conciencia de esta herramienta en los pro y los contras y saberla usar, entrenándose.
Por mi parte trabajo causas de conflictos familiares de alta intensidad desde el método de resolución de conflictos “Coordinación de Coparentalidad (COPA) de manera casi totalmente virtual y los resultados son altamente positivos también.
A su disposición para cualquier inquietud.
Saludos cordiales!

Zulma jofre
10 months ago

Hola felicitaciones muy clara la ponencia me queda haciendo ruido hablamos que solo.el.juez puede derivar al proceso de mediacion mi consulta las partes pueden pedir ser derivados??? Muchas gracias

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Zulma jofre

Buenas tardes!
La ley en el art 10 de la ley 2930 pone en manos del juez la facultad de derivar a mediación.
En el trabajo realizado fuimos acordando que si lo pedían las partes era oportuno hacerle lugar a la solicitud ya que en principio daría cuenta de interés y voluntad; más allá que luego tenemos que verificar si el pedido es legítimo de la parte o fue un pedido de iniciativa del letrado/a.
Espero haberte respondido.
A disposición.
Saludos cordiales!

Agustina Gardenal
Agustina Gardenal
10 months ago

Qué interesante poder ver cómo funciona la mediación en otras ciudades. Muchas gracias por compartir la experiencia!

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Agustina Gardenal

Buenas tardes !
Es un placer siempre!
Saludos!

Diego Aronica
Diego Aronica
10 months ago

Muy interesante y didáctica la expositora. Siempre enriquece conocer la experiencia de otras jurisdicciones. Aquí en Córdoba en el ámbito judicial contamos con el centro judicial de mediación y la implementación por ley 10543 de la mediación prejudicial obligatoria, que implica que en los casos previstos en la ley las partes tienen la.obligacion de acudir a la primera reunión de mediación _ bajo apercibimiento de multa- y una vez allí sí pueden manifestar su voluntad de no continuar en mediación. Una vez cerrada está etapa queda habilitada la instancia judicial. Al igual que en Neuquén contamos con expediente digital. Gracias por compartir su conocimiento y experiencia! Saludos desde Córdoba.

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Diego Aronica

Diego, buenas tardes!
Gracias por tu aporte.
Con autorización del TSJ la multa prevista para el caso de incomparecencia.
No obstante siendo una modalidad intra-judicial la nuestra, para garantizar la voluntariedad de las personas se interpreta que si contactada e informada del motivo de la invitación no responde en un plazo razonable el silencio se interpreta como negativo. No aplicamos la multa en base al art 28 de la Constitución Nacional.

andrea schammas
andrea schammas
10 months ago

Muchas gracias. Interesante formato

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  andrea schammas

Gracias por tu comentario. Abrazos.

Octaviano Gómez y González
Octaviano Gómez y González
10 months ago

Felicidades, nosotros en México, en el Estado de San Luis Potosí, apenas se está comenzando con la mediación privada. Nos gustaría que nos compartiera si tuvieron que reformar la ley para poder hacer Mediación on line o sólo comenzó primero en la práctica y luego fue reconocida en la ley.

Alicia Beatriz
Alicia Beatriz
10 months ago

Buenas noches.
No fue necesario modificar la ley, ya que no establecia que debían ser presenciales físicamente; no obstante, en el momento de la cuarentena por Pandemia, hicimos un protocolo para mediación remota, que con mucho gusto pongo a disposición de ustedes si es de interés.
A la vez opino que, cualquier ley de mediación que dijese solamente «las partes deberán comparecer personalmente», comprende la presencialidad física como virtual. Solo que esto lo hemos comprendido y aplicado más a partir de la pandemia de COVID-19.
Todo lo que no está prohibido, está permitido.

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago

Buen día!
La ley nuestra no especifica si la presencia de las partes tiene que ser físicamente o de manera virtual por lo que lo que no está prohibido está permitido.
No obstante, en pandemia hice un protocolo para mediación remota como le llamo.
Espero haber respondido a tu consulta.
Saludos!

adan sebastian varela
adan sebastian varela
10 months ago

Muy clara y pedagógica ponencia estimada Dra. Alicia, colega ¿La aceptación de una sola de las partes, al notificarle que la cuestión ha sido derivada a mediación por el juez que entiende en la causa para intentarse en este espacio de dialogo un posible acuerdo, es suficiente para dar curso a la fijación de la fecha de audiencia de estilo?

Alicia Beatriz
Alicia Beatriz
10 months ago

Buenas noches. Cuando recibimos una derivación judicial de manera electrónica (via mail), contactamos a ambas partes y letrados para invitarlos a mediar. Allí recabamos la voluntariedad, en caso que una parte no acepte, devolvemos el trámite consignando únicamente que «no hubo voluntad concurrente para mediar», de manera que resguardamos la confidencialidad y para no condicionar en el proceso judicial.
Si ambas partes aceptan, fijamos fecha de audiencia a criterio de cada mediador/a, de manera presencial, virtual o híbrida, conjunta o individual, dependiendo del caso, de algún comentario o pedido de las partes, o cuando advertimos que hay antecedentes de causas de violencia familiar. Podemos realizar la reunión conjunta virtual por ejemplo, realizar el encuadre con todas las partes y letrados/as y pasar o no a privada, según lo consideremos los mediadores. ( a veces hay incomodidad, a veces hay alguna frase que nos hace advertir algo y necesitamos una privada, etc.).
Si hay antecedentes de violencia (sin medidas cautelares vigentes, perimetral etc.) solemos ver que hecho se denunció, en que fecha, si hubo evaluación del equipo interdisciplinario de la oficina de violencia, si se renovaron las medidas o no, si hubo cumplimiento o no, etc.
Espero haberte aportado una respuesta a tu consulta.
Nosotros en mediación llamamos a las reuniones «ENCUENTROS» porque esa palabra (como decía Maturana trae un mundo a la mano y construye realidades) convoca a que las partes se encuentren no se enfrenten, y para diferenciarlo de la conocida AUDIENCIA en instancia jurisdiccional.
Saludos.

Solange Romero
Solange Romero
10 months ago

Buenos dias, muy clara la exposición Dra. Vitale.
Le consulto tengo entendido que al momento de notificar o en la reunión de mediación, se corre trasalado de la demanda. Mi consulta, si esto es así, para el caso de no acuerdo, cuando le comienza a correr el plazo al demandado, o requerido en este caso, para contestar demanda.
Saludos cordiales

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Solange Romero

Buenas tardes
Los jueces pueden derivar a mediación de oficio o a petición de parte/s en cualquier momento e instancia procesal jurisdiccional.
En mediación trabajamos con el conflicto buscando los intereses nunca con la demanda/contestación.
El proceso judicial se suspende cuando se deriva a mediación.
Si no hay acuerdo, devolvemos la causa digitalmente y se reanuda el juicio.
Sin constancia de lo que se trabajó en mediación justamente por la confidencialidad.
Saludos!

Raqjel Meza
Raqjel Meza
10 months ago

Querida Alicia, siempre muy claro. La no aceptación seria evitar dilatar tiempo.

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Raqjel Meza

Totalmente querida !
Buscamos que el proceso de mediación sea provechoso a las familias no motivo para dilatar los tiempos.
Abrazos.

Rosario Hernández Medina
Rosario Hernández Medina
10 months ago

Consultando la Ley 2930 de Neuquén, se advierte que el Servicio de Mediación Familiar fue creado en el año 2014. Es sumamente gratificante ver que se trabaja con «Expediente Digital», y que todo el recorrido sea con esa característica tecnológica. Le comento algunas curiosidades como saber si tienen previsto una etapa de «admisibilidad » de los casos; además. ¿a que se refiere la búisqueda de antecedentes Judiciales?; ¿cómo se trabajan los casos de violencia familiar?. Muchísimas gracias por su exposición Dra. Vitale y por los esfuerzos de llevar adelante un Servicio tan sensible a la comunidad.

Alicia Beatriz
Alicia Beatriz
10 months ago

Estimado Rosario,
Como respondí recién a Adan, la etapa de «admisibilidad» la hacemos en lo que llamamos etapa de pre-mediación, más allá que durante todo el proceso estamos atentos a determinar si es posible continuar mediando o no?; si hay buena fe o no en las partes (por ej. si detectamos que una parte acepta para dilatar los tiempos, si sólo va a mediación para conocer la estrategia de la otra parte, si se estanca y no hay reflexión, etc) entre otras.
Búsqueda de antecedentes judiciales, es teniendo acceso a los antecedentes de juicios de todos los fueros (civil, familiar, laboral y penal) con los datos de identificación de las personas (Documento de identidad, etc.) accedemos a un sitio del Poder Judicial en el que podemos ver además de las causas de familias en trámite y/o archivadas del grupo familiar, también si tiene otras causas, y en el caso de las penales, solo vemos las carátulas ( ejemplo, XX s/ amenazas; o lesiones leves, o impedimento de contacto, etc.)
Los casos de violencia familiar, los trabajamos primero capacitando a los/as mediadores en la temática; como nos enseña Marines Suares, en los primeros 10 minutos de una mediación tenemos que detectar indicadores que pueden hacernos cerrar una mediación, ir a privada, etc. para procurar que el contexto de mediación no sea utilizado para violentar ni revictimizar a nadie.
Como coloqué en una respuesta anterior, si tomamos conocimiento a veces un comentario, como «el Sr. o la Sra. no se siente cómodo con la otra parte» o «va a estar la otra parte también», nos van dando algunas pistas, para hacer supuestos y preguntarles, cual es el motivo de incomodidad?, hay algún problema para que nos reunamos todos juntos, etc. Siempre, siempre, siempre, si detectamos indicadores que nos den cuenta de asimetría de poder entre las partes, tenemos que decidir si podemos continuar o no; si es no, es porque las personas no están en igualdad para negociar asistidos por los mediadores y tal vez necesiten a un juez/a para poner límites, para decidir por ellos y/o para adoptar medidas de protección.
Espero haberte respondido.
A disposición.
Saludos.

Flavia Patterlini
10 months ago

Muy clara ponencia con soporte de graficos. Agradezco a la Dra. Alicia González Vitale por acercarnos la implementación de la mediación intrajudicial que se implementa en un expediente totalmente digital y que a su vez es flexible en la implementación. Todo un ejemplo en mediación la Provincia de Neuquen en la Rep Argentina

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago
Responder a  Flavia Patterlini

Gracias estimada.
Es un placer. Aprendimos de todas las experiencias de las provincias argentinas y también del extranjero ya que nosotros iniciamos en el 2017 y había mucha experiencia valiosa en el país. Abrazos.

Alicia Beatriz
Alicia Beatriz
10 months ago
Responder a  Flavia Patterlini

Gracias, la circunstancia de pertenecer al Poder Judicial, de ser una mediación intra-judicial, no debe afectar los principios fundamentales de la mediación. La flexibilización siempre es a favor de la persona, de la familia; por ejemplo, en una mediación virtual no tiene elementos tecnológicos para participar, buscamos donde vive y si hay un juzgado de paz cerca de su domicilio para desde el Poder Judicial facilitarles el acceso.
Saludos.

Maria Ines Godoy Zuñiga
10 months ago

Muchas Gracias por comentar como trabajan en Neuquén los casos a través de Mediación desde hace 15 años
Muy clara su Ponencia

Alicia González Vitale
Alicia González Vitale
10 months ago

Gracias!
Aclaro que todas las provincias argentinas tenemos esos años de experiencia en mediación a distancia.
El servicio inició en el 2017 aprovechando todas las experiencias y buenas prácticas.
Saludos

Angela Agostina Caballero
Angela Agostina Caballero
10 months ago

Excelente ponencia Alicia!
La verdad que conocer el sistema de mediación de la Provincia de Neuquen me ha resultado interesante, sobre todo la etapa de la pre-mediación donde se les consulta a las partes su intención de participar o no en la mediación. Me quedo la duda, de como materializan esa etapa?

Alicia Beatriz
Alicia Beatriz
10 months ago

Buenas noches:
Interesante esta pregunta.
Cuando iniciamos en el año 2017, era también un desafío implementar un organismo contracultura, la provincia tenía y tiene una impronta de mucha judicialización y de conflictos de todo tipo. Entonces y para que se conociera nuestro Organismo, citamos a las personas y abogados/as, con un llamado telefónico, o mensaje de texto donde nos presentamos y les hacíamos saber uno por uno/a, que iniciábamos a trabajar para darles un mayor servicio de justicia junto al sistema que ellos conocían. Entonces, los citábamos a una entrevista de PRE-MEDIACIÓN; esto fue sumamente útil para hacer el encuadre, explicar quienes éramos, que hacíamos y que podían hacer o no ellos en nuestro espacio. Y si aceptaban ambas partes acordabamos fecha del primer encuentro de mediación.
Al poco tiempo, tuvimos que hacer una modificación ya que algunos se «quejaban» de que los hacíamos ir dos veces (a pre-mediación y luego a mediación); otros que no tenían tiempo «para perder yendo una y otra vez»; otros que no tenían dinero para gastar en colectivos, otros que no podían pedir tantas veces permiso en el trabajo, etc. Entonces comenzamos a realizar el mismo día, ambas etapas, comenzando por la Pre-mediación y su estaban dadas las condiciones para continuar trabajando seguidamente, hacíamos la mediación.
En la actualidad, hay tanta complejidad y alta conflictividad que además de realizar con las familias tantos encuentros (promedio de 2 horas cada uno) como necesite la familia; he implementado otros métodos adecuados de resolución de conflictos: La Coordinación de Coparentalidad para trabajar con familias de alta conflictividad y la facilitación; además implementamos un punto de encuentro familiar (PEF) para facilitar un espacio seguro para algunos casos de revinculación si la familia lo necesita.
Nuestra modalidad de trabajar, posibilita brindar el servicio público, en otros horarios a los habituales del Poder Judicial e incluso en días de fin de semana ( sábado y domingo) o feriados, si la familia lo necesita y esto lo posibilita y gestiona cada mediador/a con sus causas y familias con las que trabaja.
Tratamos de adaptarnos a sus necesidades y posibilidades, para contribuir a la solución no al problema.
Espero haberte respondido.
Gracias por tu tiempo !
Saludos.

Raul Ferrario
Raul Ferrario
10 months ago

Cuanta claridad Alicia, me resulta muy interesante el sistema instalado en neuquen, me surje la inquietud de como poder replicar este sistema intra judicial afuera del sistema. Sin dudas es el camino a seguir! Gracias

Cristina Zarza
Cristina Zarza
10 months ago

Excelente la ponencia la premediacion digital muy interesante para poder tener más información de las partes muchas gracias

Juliana
Juliana
10 months ago

Gracias Dra, por compartir sus experiencias

VIVIANA GOMEZ
10 months ago

Un gusto volver a escucharte querida Alicia González Vitale. Muy interesante el sistema del Servicio a tu cargo. Me gustaría saber cómo llegan los casos a los tribunales?, qué sabe el juez antes de derivr el caso a mediación? tiene alguna entrevista con las partes? gracias y un abrazo

Carla Paola Tomasi
Carla Paola Tomasi
10 months ago

Muy interesante saber como funciona es sistema y que vayamos siempre hacia adelante con estas herramientas que tanto nos hacen ayudar al prójimo. Gracias por contarnos como es el sistema allá y esperamos que todo el país pueda contagiarse. Saludos.

Araceli Iglesias
Araceli Iglesias
10 months ago

Muy interesante e ilustrativo el proceso de mediación judicial que desarrollan en Neuquén, pues en la vía judicial les dan a las partes la oportunidad de poder solucionar el conflicto con la ayuda especializada de profesionales en mediación y con el tiempo suficiente que ello pueda requerir en tanto haya voluntariedad, muy distinto a la conciliación judicial que se realiza en Perú.
Muchas gracias estimada Alicia Vitale, una maestra.

Erika Torres
10 months ago

Me pareció interesante que todo el proceso desde que inicia el expediente se realice de forma digital, además destaco que ya lleven 15 años de trabajo en mediación virtual. En base a la innovación desarrollada, ¿Cuáles son las ventajas y desventajas que han podido identificar ?. En cuanto al proceso de mediación virtual o híbrida, ¿Qué herramientas utilizan y como resguardan esa información confidencial?. Desde ya Muchas gracias por los aportes. Saludos!

Última edición el 10 months ago por Erika Torres
Marcela FILIBERTI
Marcela FILIBERTI
10 months ago

ya he tenido la oportunidad de escuchar esta implementación. Muy interesante.

Marcela FILIBERTI
Marcela FILIBERTI
10 months ago

Ya he tenido oportunidad de escuchar la implantación tecnológica en el poder judicial en la provincia de Neuquén. Muy interesante.

Gladys Dalsaso
10 months ago

Muy interesante cómo funciona la Mediación Familiar intrajudicial en la provincia de Neuquén totalmente digitalizada y muy clara la intervención. Tengo una pregunta Alicia ¿la reunión inicial es con ambas partes o se citan de manera separada para explicarles en qué consiste la mediación y si desean dar su consentimiento? Mil gracias

Arhancet Elida Marcela
Arhancet Elida Marcela
9 months ago

muy clara exposición

Belen
Belen
9 months ago

Muchas gracias por socializar el Proceso de Mediación Familiar Intrajudicial totalmente digitalizado y buscando la despapelizacion en el provincia de Neuquén, excelente disertación.